top of page
Search

Bodas ante Notario

  • Writer: Lcda. Vanesa Cruz
    Lcda. Vanesa Cruz
  • May 13, 2020
  • 2 min read

Updated: Jun 4, 2020

¿Sabías que desde el año 2017 los notarios podemos casar?

Esto gracias a la aprobación de la Ley Número 201 de 27 de diciembre de 2016.

Dicha ley, reconoce la figura de un notario como una persona apta y capacitada para que al igual que los jueces, ministros, sacerdotes, entre otros, puedan casar. Es importante dejar claro que para ser notario en Puerto Rico se requiere ser abogado. El notario es aquel profesional del derecho que recoge en un escrito (escritura, acta o declaración jurada) la voluntad de las partes que acuden ante sí y da fe de su identidad ya sea por conocerlas personalmente o por haberlos identificado por los medios que dispone la ley, entiéndase: licencia de conducir, pasaporte, testigo.

Con la aprobación de la ley ya no será necesario acudir a un tribunal para casarte mediante una boda civil. Ahora puedes hacerlo desde la facilidad y comodidad de la oficina privada del notario o su lugar de preferencia, en caso de requerirle al notario que sea en un lugar distinto a su oficina. Esto hace que la ceremonia sea una privada, con un horario más flexible y sin tener que ventilar un momento tan íntimo ante un tribunal donde acuden a diario distintas personas a resolver diferentes asuntos tanto civiles como criminales.

Los contrayentes tendrán que cumplir con los mismos requisitos exigidos por ley tal y como si se realizara ante cualquier juez, iglesia u otro celebrante debidamente autorizado por el Registro de Celebrantes del Registro Demográfico. Los contrayentes tendrán que acudir a dicho Registro para tramitar la Licencia Matrimonial. En el Registro se le orientará en cuanto a los análisis de laboratorio exigidos por ley y sobre la Certificación Médica que tendrán que llevar al Registro una vez los análisis estén disponibles. Una vez el Registro expide la licencia, el matrimonio se celebrará dentro de los siguientes 10 días. Si el matrimonio no se llega a celebrar, habrá que repetir las pruebas de laboratorio.

Si las partes están divorciadas, es necesario obtener copia certificada de la sentencia de divorcio. Hay que tomar en cuenta que en algunos casos los documentos no se encuentran en el tribunal que dictó la sentencia por lo que se debe tramitar lo antes posible. Además tendrán que conseguir los certificados de nacimiento originales tanto suyos como de los hijos ya sea habidos entre ellos o en otras relaciones. Tanto los novios como los testigos, deberán proveer una identificación válida en caso de que el notario no los conozca personalmente.

Si deseas celebrar tu boda ante notario, no dudes en contactarnos.





 
 
 

Comments


Post: Blog2_Post

©2020 by Cruz-Rivera Law Office.

bottom of page